Con fecha 9 de diciembre del presente se publica en el Diario Oficial de la Federación el Código Fiscal de la Federación con vigencia a partir del 1 de enero de 2014, donde se establece que a partir de esa fecha los contribuyentes solo deberán emitir Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI), incluso para el pago de nóminas, para tales efectos el SAT el día de ayer 11 de diciembre de 2013 publicó en su página de internet reglas informativas en materia de comprobantes fiscales, (pendientes de publicarse en el DOF).
Dichas reglas establecen entre otras lo siguiente:
1. Los CFDI que se emitan por las remuneraciones que se efectúen por concepto de salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado, deberán cumplir con el complemento que el SAT publique en su página de Internet, a continuación anexamos liga para acceder a los complementos mencionados:
2. Los contribuyentes entregarán o enviarán a sus trabajadores el formato electrónico XML de las remuneraciones cubiertas.
3. Se tendrán por cumplidos los requisitos de deducibilidad de los CFDI para efectos fiscales, al momento que se realice el pago de las remuneraciones, con independencia de la fecha en que se haya emitido el CFDI o haya sido certificado por el proveedor de certificación del CFDI autorizado.
Corporativo Villalobos
