RESUMEN EJECUTIVO DEL MES DE AGOSTO DE 2013 DE LA REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA

PARTICIPACIÓN DE LOS TRABAJADORES EN LAS «UTILIDADES» DE LAS «EMPRESAS». EL MONTO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 127, FRACCIÓN III, DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO, SÓLO ES APLICABLE A LOS PATRONES QUE SE DEDICAN EXCLUSIVAMENTE A LAS «ACTIVIDADES» SEÑALADAS EN DICHA NORMA. Del proceso legislativo que dio origen al indicado precepto, el cual prevé el tope de 1 mes de salario como monto máximo de participación de los trabajadores en el reparto de utilidades, cuando los patrones obtienen sus ingresos del cuidado de bienes que producen rentas o del cobro de créditos y sus intereses.

RESUMEN EJECUTIVO DEL MES DE AGOSTO DE 2013 DE LA REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA

«INMOVILIZACIÓN» DE CUENTAS BANCARIAS. LA ORDEN RELATIVA EMITIDA POR LA AUTORIDAD FISCAL DEBE ESTAR FUNDADA Y MOTIVADA, AUNQUE SE DIRIJA A UNA «INSTITUCIÓN FINANCIERA» Y NO AL CONTRIBUYENTE.

Los artículos 156-Bis y 156-Ter del Código Fiscal de la Federación establecen a favor de la autoridad tributaria la facultad de ordenar a una institución financiera que inmovilice la cuenta o las cuentas bancarias de un contribuyente, cuando se ha determinado que un crédito fiscal es firme o no se ha garantizado debidamente.

Prórroga para la Presentación de Avisos conforme la LFPIORPI

El Servicio de Administración Tributaria publico el día de hoy en el Portal de Prevención de Lavado de Dinero un aviso donde informa que por ajustes en el Sistema de dicho portal, se extiende el plazo para la presentación de los Avisos hasta el día 17 de Diciembre de 2013.
Sin más de momento quedamos a sus órdenes.

Cordialmente

CORPORATIVO VILLALOBOS.

RESUMEN EJECUTIVO DEL MES DE AGOSTO DE 2013

«INFLUENZA». LA APLICACIÓN DEL «BENEFICIO FISCAL» CONTENIDO EN EL ARTÍCULO PRIMERO DEL DECRETO EMITIDO CON MOTIVO DE LA SITUACIÓN DE CONTINGENCIA SANITARIA PROVOCADA POR DICHO VIRUS, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 7 DE MAYO DE 2009, NO IMPIDE LA «DEVOLUCIÓN» A LOS CONTRIBUYENTES DE LAS CANTIDADES DERIVADAS DEL «SALDO A FAVOR» DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA QUE SE GENEREN AL FINAL DEL EJERCICIO, EN APLICACIÓN DE LA «MECÁNICA LEGAL» DE ESE TRIBUTO. De la interpretación sistemática de los artículos primero y octavo del «Decreto por el que se otorgan beneficios fiscales a los contribuyentes que se indican, con motivo de la situación de contingencia sanitaria provocada por el virus de la influenza.»

RESUMEN EJECUTIVO DEL MES DE AGOSTO DE 2013 REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA

Es importante comentar que estas jurisprudencias, precedentes, tesis, criterios aislados, etc., no son un precedente legal, ni obligan a autoridades ni otorgan derechos a los contribuyentes, tienen un carácter imparcial y técnico que los hace una orientación interesante de cómo debe entenderse y aplicarse una norma tributaria. VISITAS DOMICILIARIAS PARA VERIFICAR EL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES EN MATERIA DE EXPEDICIÓN DE COMPROBANTES FISCALES. EL ARTÍCULO 49, FRACCIÓN VI, DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN QUE ESTABLECE UN PLAZO DE 3 DÍAS PARA DESVIRTUAR LOS HECHOS U OMISIONES PLASMADOS EN EL ACTA…

RESUMEN EJECUTIVO DE LA REVISTA DEL T.F.J.F.A. (JULIO 2013)

CRITERIOS AISLADOS DE SALAS REGIONALES APROBADOS DURANTE LA SEXTA ÉPOCA SEGUNDA SALA REGIONAL DE OCCIDENTE (GENERAL)

VI-TASR-XXVIII-24

NORMAS SUSTANTIVAS Y ADJETIVAS. CONCEPTOS Y DIFERENCIAS.

El derecho sustantivo, es aquel que establece derechos u obligaciones, a diferencia del que regula su ejercicio, castiga su infracción o determina el procedimiento para su efectividad extraordinaria; por su parte, el derecho adjetivo, es el conjunto de leyes que posibilitan y hacen efectivo el ejercicio regular de las relaciones jurídicas, al poner en actividad el organismo judicial del Estado, esto es, no determina qué es lo justo, sino cómo ha de pedirse la justicia.

TITULO III De las Facultades de las Autoridades Fiscales CAPITULO I

Reformado Antes Capítulo Único

Requisitos de los Actos Administrativos que se deban de Notificar

I.             ……………………………………………………………………………………

Tratándose de actos administrativos que consten en documentos digitales y deban ser notificados personalmente o por medio del buzón tributario, deberán transmitirse codificados a los destinatarios.

PROYECTO DE LA REFORMA 2014

Responsabilidad de PF con Actividades Empresariales

Los contribuyentes obligados al pago del impuesto sobre la renta en los términos del Título IV, Capítulo II, Secciones I y II de la Ley del Impuesto sobre la Renta, serán responsables por las contribuciones que se hubieran causado en relación con sus actividades empresariales hasta por un monto que no exceda del valor de los activos afectos a dicha actividad, y siempre que cumplan con todas las obligaciones a que se refieren los artículos 105 ó 107, según sea el caso, del ordenamiento antes citado.