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Derivado de las modificaciones al Código Fiscal de la Federación el SAT, con fundamento en los artículos 69 y 69B del CFF, hace la publicación de una relación de contribuyentes incumplidos que se encuentren en los supuestos siguientes:
* Contribuyentes que tengan créditos fiscales firmes.
* Contribuyentes que tengan créditos fiscales que no han pagado o no han sido garantizados.
* Contribuyentes que no estén localizados por el SAT.
* Contribuyentes que tengan sentencia condenatoria por haber incumplido un delito fiscal.
